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V2197-14 7. August 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · comunidad de bienes

Errichtung einer Gütergemeinschaft über Finanzprodukte mit geteiltem Eigentum erfordert einen Tausch

Es wird geprüft, ob die Gründung einer Gütergemeinschaft durch Einbringung des nackten Eigentums und des Nießbrauchs an geerbten Finanzprodukten möglich ist. Die DGT erläutert, dass für eine Gemeinschaft am vollständigen Gut das Eigentum durch einen Tausch zwischen der Nießbraucherin und den nackten Eigentümerinnen vereinigt werden muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Posibilidad de constituir una comunidad de bienes aportando la nuda propiedad y el usufructo de los citados productos financieros adquiridos por herencia, atendiendo a la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que la madre (usufructuaria) y las hijas (nuda propietarias) sean copropietarias de los productos financieros, deben realizar una permuta para fusionar el dominio. Esta transmisión onerosa generará ganancias o pérdidas patrimoniales según la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión. Las rentas obtenidas por la comunidad de bienes se atribuirán a los comuneros según su participación. En el Impuesto sobre el Patrimonio, cada copropietaria debe reflejar el valor del porcentaje que posea en la comunidad.

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