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V2060-19 7. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Voraussetzungen des Art. 87 LIS möglich

Die Anfragenden untersuchen, ob die Einbringung von Gesellschaftsanteilen in zwei verschiedene Gesellschaften unter das Sonderregime des LIS fallen kann und ob hierfür wirtschaftlich begründete Gründe vorliegen. Die DGT stellt fest, dass das Sonderregime anwendbar ist, sofern die Voraussetzungen hinsichtlich der Beteiligung und des Eigentums erfüllt sind. Die angeführten Gründe könnten gültig sein, sofern die tatsächlichen Umstände verifiziert werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. En el caso de aportación de acciones por personas físicas, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de una entidad que no sea una AIE, una UT de empresas, ni tenga como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Los motivos económicos alegados para la operación podrían considerarse válidos según el art. 89.2 de la LIS, aunque esto dependerá de la comprobación de los hechos y circunstancias reales.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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