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V2026-23 12. Juli 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · medio propio personificado

Einnahmedienste einer kommunalen Handelsgesellschaft als Eigenmittel unterliegen nicht der MwSt.

Eine von einer Stadtverwaltung beteiligte Handelsgesellschaft fragt an, ob die von ihr für die Stadtverwaltung erbrachten Parkraummanagement-Dienstleistungen der MwSt. unterliegen und ob der gezahlte Vorsteuerbetrag abzugsfähig ist. Die DGT stellt fest, dass die Dienstleistung nicht steuerpflichtig ist und das Unternehmen ein Zurechnungsverfahren für den Vorsteuerabzug anwenden kann.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de este servicio prestado por la entidad consultante al Ayuntamiento y deducibilidad de las cuotas soportadas en relación con el mismo.

Die Entscheidung der DGT

El servicio no está sujeto al IVA si la entidad actúa como medio propio personificado del Ayuntamiento o si es una entidad del sector público que presta servicios a la Administración de la que depende íntegramente. Al realizar conjuntamente operaciones sujetas y no sujetas, la entidad podrá deducir las cuotas soportadas por bienes y servicios destinados de forma simultánea a ambas mediante un criterio razonable y homogéneo de imputación. No serán deducibles las cuotas por adquisiciones destinadas exclusivamente a las operaciones no sujetas.

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