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V1983-20 17. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · residencia fiscal

Aufenthaltstage in Spanien während des Alarmzustands werden für die steuerliche Ansässigkeit berücksichtigt

Ein in Libanon ansässiges Ehepaar erkundigt sich, ob die aufgrund des Alarmzustands in Spanien verbrachten Tage bei der Bestimmung ihrer steuerlichen Ansässigkeit zählen. Die DGT stellt klar, dass diese Tage für die Berechnung der Aufenthaltsdauer herangezogen werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los días pasados en España mientras la duración del estado de alarma no se contabilizan a efectos de determinar la residencia fiscal en España.

Die Entscheidung der DGT

Para determinar la residencia fiscal por el criterio de permanencia, se computan los días en territorio español, salvo las estancias temporales por obligaciones de colaboración cultural o humanitaria con la Administración. En el caso de países considerados paraísos fiscales, la Administración puede exigir la prueba de permanencia en dicho país durante 183 días. Los días pasados en España debido al estado de alarma se computarían para el cómputo de permanencia.

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