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V1909-15 17. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Unternehmensfusionen können unter das Sonderregime fallen, wenn sie aus triftigen wirtschaftlichen Gründen erfolgen

Es wurde angefragt, ob eine Fusion unter das steuerliche Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann und ob die Einsparung administrativer Kosten als gültiger Grund gilt. Die DGT stellt klar, dass die angeführten Gründe wirtschaftlich zulässig sind, sofern die Fusion die handelsrechtlichen und steuerrechtlichen Anforderungen erfüllt und nicht der Steuerumgehung dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir los requisitos de la LIS. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso, la eliminación de una entidad para reducir cargas administrativas y costes de gestión se considera un motivo económico válido, al no generar una rebaja fiscal.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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