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V1902-15 17. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Anwendung des Sonderregimes für Fusionen bei Erwerbergesellschaften in Form einer Vereinigung oder eines Verbandes möglich

Eine Vereinigung erkundigte sich, ob eine Fusion unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes fallen kann. Die DGT stellt klar, dass die Rechtsform der erwerbenden Einheit dem Sonderregime nicht entgegensteht, sofern die Fusionsvoraussetzungen erfüllt sind und sachliche wirtschaftliche Gründe vorliegen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

El régimen especial de fusiones es aplicable a sujetos pasivos que no tengan forma de sociedad mercantil, siempre que produzcan resultados equivalentes a las operaciones de fusión. Para ello, la operación debe suponer la disolución de la transmitente sin liquidación y la transmisión de su patrimonio social sin alterar la participación de los asociados. Además, la operación debe responder a motivos económicos válidos, como la racionalización de actividades, y no tener como objetivo principal el fraude o la ventaja fiscal.

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