Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V1880-19 18. Juli 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung der Sonderregelung für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen möglich

Gesellschafter fragen an, ob die Einbringung ihrer Anteile an einer Gesellschaft in neue Holdinggesellschaften unter die Sonderregelung des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern eine Mindestbeteiligung von 5 % erhalten bleibt, die Haltefristen eingehalten werden und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios. En el caso de personas físicas, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como fin principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo acreditarse motivos económicos válidos. Si las participaciones se transmiten en los dos años siguientes a la aportación, la exención del artículo 21 de la LIS podría no aplicarse sobre la renta diferida, salvo que las personas físicas también transmitan su participación en las nuevas entidades.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

E-Mail
Kontakt