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V1811-15 9. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Absorptionsfusion kann unter das Sonderregime fallen, wenn sie aus triftigen wirtschaftlichen Gründen erfolgt

Es wird geprüft, ob eine Absorptionsfusion zwischen zwei Unternehmen die Voraussetzungen für das Sonderregime für Fusionen erfüllt und ob die Gründe hierfür wirtschaftlicher Natur sind. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion unter dieses Regime fallen kann, sofern das Handelsrecht sowie Art. 76.1 LIS eingehalten werden und die Rationalisierung von Tätigkeiten als Grund dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación expuesta cumple todos los requisitos previstos para acogerse a la figura impositiva del canje de valores prevista en los artículos 76.5 y 80 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos por los que se pretende realizar la operación planteada son motivos económicos válidos y la operación puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la LIS.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos alegados para mejorar la gestión y reducir costes se consideran económicamente válidos. La existencia de bases imponibles negativas en la absorbente no invalida por sí misma el régimen si las entidades son operativas.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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