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V1608-22 4. Juli 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención

Entgelte für Pflegeurlaub zu Adoptionszwecken bei Beschäftigten im öffentlichen Dienst sind von der Einkommensteuer befreit (mit Grenzen)

Es wird angefragt, ob die einer Beamtin während eines Pflegeurlaubs zu Adoptionszwecken gewährte Vergütung von der Einkommensteuer (IRPF) befreit ist und ob sie Anspruch auf den Mutterschaftsabzug hat. Die DGT stellt fest, dass diese Vergütung unter bestimmten Grenzen steuerfrei ist und ein Anspruch auf den Mutterschaftsabzug besteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la retribución percibida durante el permiso por guarda con fines de adopción de los empleados públicos está exenta conforme al artículo 7 h) de la LIRPF. Si tiene derecho a la deducción por maternidad.

Die Entscheidung der DGT

Las retribuciones percibidas por empleados públicos durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad están exentas de tributación conforme al artículo 7 h) de la LIRPF, con el límite de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social. Respecto a la deducción por maternidad, la situación de guarda con fines de adopción se equipara a la de acogimiento preadoptivo, permitiendo aplicar la deducción conforme al artículo 81 de la LIRPF. La deducción se aplicará proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos y tendrá como límite las cotizaciones devengadas.

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