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V1603-20 26. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · canje de valores

Anwendung des Sonderregimes für den Anteilstausch bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob der Erwerb von 100 % einer operativen Gesellschaft durch eine Holding unter das Sonderregime für den Anteilstausch fallen kann und ob hierfür wirtschaftliche Gründe vorliegen müssen. Die DGT stellt klar, dass das Regime anwendbar ist, sofern die Anforderungen der Artikel 76.5 und 80.1 des LIS erfüllt sind und die Transaktion nicht primär der Steuerhinterziehung oder Steuervermeidung dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de canje de valores, la entidad adquirente debe obtener la mayoría de los derechos de voto de la entidad participada y cumplir los requisitos de residencia y de la entidad adquirente previstos en el artículo 80.1 de la LIS. Asimismo, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo realizarse por motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS. Los motivos de simplificación estructural, fortalecimiento financiero, financiación intragrupo y planificación de la transmisión patrimonial podrían considerarse válidos, aunque su calificación depende de los hechos y circunstancias de la operación.

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