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V1586-15 26. Mai 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del capital inmobiliario

Reparatur- und Erhaltungskosten können in Folgejahren abgezogen werden, falls im Jahr der Ausgabe keine Einkünfte erzielt werden

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die im Jahr 2014 getätigten Aufwendungen zur Vorbereitung einer Immobilie für die Vermietung (Reparaturen, Nebenkosten, Versicherung, Möbel etc.) in diesem oder im Jahr 2015 steuerlich abzugsfähig sind. Die DGT stellt klar, dass die Abzugsfähigkeit von der Art der Aufwendungen und dem Vorliegen von Einkünften abhängt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el importe satisfecho en el año 2014 por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, gastos de Notaría, Registro, obras en la vivienda pintura, fontanería, albañilería, calefacción), gastos de comunidad y seguro, y adquisición de muebles, sería deducible en la declaración del IRPF de 2014 o habría de imputarse en la declaración de 2015.

Die Entscheidung der DGT

Los gastos de reparación y conservación (pintura, fontanería, etc.) son deducibles siempre que se dirijan a la obtención de rendimientos y no al disfrute del titular; si no hay ingresos en el año del gasto, el exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes. Los gastos de comunidad y seguro de un ejercicio no son deducibles en el ejercicio siguiente si no se devengaron en él. La adquisición de mobiliario se deduce vía amortización a partir del periodo en que se genera el rendimiento. Los gastos de Notaría, Registro e ITP/AJD constituyen un mayor valor de adquisición.

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