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V1546-16 13. April 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusion spanischer SICAVs durch luxemburgischen Fonds kann unter das Sonderregime für Fusionen fallen

Zwei spanische SICAVs beabsichtigen eine Verschmelzung durch Übernahme in einen luxemburgischen Investmentfonds. Die DGT prüft, ob das steuerliche Sonderregime für Fusionen gemäß LIS angewendet werden kann und welche Folgen dies für die Unternehmen und deren Gesellschafter hat.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si las operaciones mencionadas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la LIS y cuáles serían las implicaciones fiscales en España tanto para las consultantes como para sus accionistas.

Die Entscheidung der DGT

Si la fusión se realiza en el ámbito mercantil y cumple el artículo 76.1 de la LIS, puede acogerse al régimen especial si existen motivos económicos válidos. En este caso, las rentas de la transmisión de bienes de las absorbidas a una entidad no residente se integrarán en la base imponible de las primeras si los bienes no quedan afectos a un establecimiento permanente en España. Los socios residentes en España o la UE no integrarán las rentas por la atribución de participaciones, sino al transmitir las nuevas participaciones o perder la residencia.

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