Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V1505-19 21. Juni 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der LIS-Voraussetzungen möglich

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Beteiligung an einem Versicherungsvermittlungsunternehmen unter das Sonderregime des LIS fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Voraussetzungen für Beteiligung und Besitz erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita podría acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para que la aportación de acciones o participaciones sociales se acoja al régimen especial del artículo 87 de la LIS, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios tras la operación. Además, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no puede ser una AIE, unaUTE, ni tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

E-Mail
Kontakt