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V1494-24 18. Juni 2024 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · autoconsumo

Anwendung des 0-Prozent-Steuersatzes bei Sachspenden an gemeinnützige Organisationen (Ley 49/2002)

Eine gemeinnützige Organisation erkundigt sich, ob die neuen Regelungen des Gesetzes 7/2022 bezüglich der Bemessungsgrundlage und des 0-Prozent-Steuersatzes bei Sachleistungen Anwendung finden. Die DGT bestätigt dies unter der Voraussetzung, dass die Organisation die Anforderungen des Gesetzes 49/2002 erfüllt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la misma le puede resultar de aplicación los artículos 79.Tres.3º y 91.Cuatro de la Ley 37/1992, introducidos por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Die Entscheidung der DGT

Las entidades sin fines lucrativas definidas en el artículo 2 de la Ley 49/2002 pueden beneficiarse de la regla 3.ª del artículo 79.Tres y del apartado Cuatro del artículo 91 de la Ley del IVA. Esto permite aplicar un tipo del 0% a las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos, siempre que se destinen a los fines de interés general de la entidad. Para la base imponible, se presumirá deterioro total si los bienes son adquiridos por estas entidades y se destinan a sus fines.

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