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V1480-14 4. Juni 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Kriterium gültig
IRNR · establecimiento permanente

Keine Betriebsstätte durch Lagerhaltung oder Vermittlungstätigkeiten der Gruppenniederlassung

Eine niederländische Gesellschaft erkundigt sich, ob ihre Aktivitäten in Spanien – der Kauf und Verkauf von Rohstoffen unter Nutzung von Lagern Dritter oder einer als Vermittler agierenden Gruppenniederlassung – eine Betriebsstätte begründen. Die DGT stellt fest, dass in den beschriebenen Fällen keine Betriebsstätte vorliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si alguna de las combinaciones descritas pueden dar lugar a la existencia de establecimiento permanente en España para la consultante, tanto a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, como del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Die Entscheidung der DGT

Para el IRNR, el almacenaje de mercancías con fines de depósito o entrega no constituye establecimiento permanente según el Convenio. La sucursal del grupo no es agente dependiente si actúa de forma independiente y no tiene poderes para vincular a la consultante. En el IVA, el almacenaje arrendado con gestión propia sí puede ser establecimiento permanente, pero el mero servicio de supervisión de almacenes ajenos no lo es.

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