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V1451-21 18. Mai 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Einnahmen aus Kursen oder Seminaren gelten als Arbeitsentgelt, sofern keine eigene Organisation der Produktionsmittel vorliegt

Es wird geklärt, ob Einnahmen aus der Durchführung von Lehrveranstaltungen als Arbeitsentgelt einzustufen sind. Die DGT antwortet, dass dies grundsätzlich der Fall ist, es sei denn, der Steuerpflichtige organisiert auf eigene Rechnung die Produktionsmittel oder personellen Ressourcen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tales rendimientos pueden calificarse como rendimientos del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Las rentas por impartir cursos, conferencias o seminarios tributan como rendimientos del trabajo, excepto cuando impliquen la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos. Esta ordenación ocurre si el contribuyente actúa como organizador ofreciendo los eventos al público o si ya ejerce una actividad económica relacionada. Si la empresa es quien organiza las clases y contrata con los alumnos, los ingresos del instructor son rendimientos del trabajo.

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