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V1403-20 13. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Keine Anwendung des Sonderregimes für Spaltungen bei fehlender Geschäftsbereichsbildung

Eine Gesellschaft erkundigte sich, ob die Teilspaltung ihres Vermögens zur Übertragung von Mietobjekten unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen könne. Die DGT entschied, dass dies nicht der Fall ist, da die abgetrennten Elemente keinen eigenständigen Geschäftsbereich innerhalb des übertragenden Unternehmens bilden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para que una escisión parcial no proporcional se acoja al régimen especial, los patrimonios escindidos deben constituir ramas de actividad según el artículo 76.4 de la LIS. Una rama de actividad requiere una organización empresarial diferenciada y una unidad económica autónoma que permita el desarrollo de una explotación económica. En este caso, al no existir una actividad previa desarrollada que permita identificar conjuntos patrimoniales con una organización separada, los elementos se consideran aislados y no ramas de actividad.

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