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V1344-15 29. April 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción

Öffentlich-rechtliche Körperschaften ohne Status als öffentliche Verwaltung sind bei entgeltlichen Leistungen umsatzsteuerpflichtig

Eine öffentlich-rechtliche Körperschaft erkundigt sich nach der Umsatzsteuerpflicht ihrer Dienstleistungen. Die DGT stellt fest, dass ihre entgeltlichen wirtschaftlichen Tätigkeiten der Steuer unterliegen, da sie gemäß Artikel 7 Abs. 8 des Umsatzsteuergesetzes nicht den Status einer öffentlichen Verwaltung innehat.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción de los servicios prestados por la consultante.

Die Entscheidung der DGT

Las entidades de derecho público que no sean consideradas Administraciones Públicas a efectos del artículo 7.8º de la Ley 37/1992 están sujetas al IVA cuando realicen actividades empresariales mediante la prestación de servicios a título oneroso. Esto incluye los servicios prestados a la entidad o a sus participadas en más de un 50% por un organismo del sector público, salvo que se trate de encomiendas de gestión. En caso de realizar operaciones sujetas y no sujetas, podrán aplicar el derecho a la deducción mediante un criterio de imputación razonable y homogéneo.

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