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V1338-19 10. Juni 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IS · reducción por donación

Voraussetzungen für die Spendenabzugsfähigkeit von Anteilen und deren Auswirkungen auf die Einkommensteuer und das Umtauschverfahren

Personen über 65 Jahre fragen an, ob sie bei der Schenkung von Anteilen an einer Holdinggesellschaft den Abzug von 95 % bei der Erbschaft- und Schenkungsteuer in Anspruch nehmen können. Die DGT erläutert, dass hierfür die Voraussetzungen für die Befreiung von der Vermögenssteuer zwingend erfüllt sein müssen, und analysiert die Auswirkungen auf die Vermögenswerte.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.) Aplicación de la reducción prevista en el artículo 20.6 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la reducción del artículo 20.6 de la LISD, es necesario cumplir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio según el artículo 4.Ocho.Dos de la LIP. Las participaciones que la holding posee en su activo no computarán como valores no afectos si otorgan al menos el 5% de los derechos de voto y se poseen para dirigir la participación con medios propios. En cuanto al IRPF, la transmisión no generará ganancia o pérdida patrimonial si se cumplen los requisitos de la LISD, independientemente de si el donatario aplica la reducción. No obstante, la operación no debe tener como objetivo principal la ventaja fiscal para no perder el régimen especial de canje de valores.

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