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V1214-14 6. Mai 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Kriterium gültig
IVA · establecimiento permanente

Niederländisches Unternehmen ist in Spanien umsatzsteuerpflichtig, jedoch nicht einkommensteuerpflichtig

Ein niederländisches Milchprodukteunternehmen fragt an, ob die Anmietung eines Lagers und die Beauftragung von Logistikdienstleistungen in Spanien eine Betriebsstätte für die Umsatzsteuer und die Körperschaftsteuer (IRNR) begründen. Die DGT stellt fest, dass eine Betriebsstätte für die Umsatzsteuer vorliegt, jedoch nicht für die Körperschaftsteuer, da es sich um Tätigkeiten mit Hilfscharakter handelt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Consideración de sujeto pasivo obligado a repercutir el IVA correspondiente en las entregas domésticas de productos a sus clientes en el TAI y tratamiento a efectos del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes del almacén arrendado por la consultante en España para el almacenaje de sus productos

Die Entscheidung der DGT

Para el IVA, la consultante dispone de un establecimiento permanente en España al contar con un almacén con suficiente grado de permanencia y estructura de medios humanos y técnicos, aunque subcontrate la gestión. Para el IRNR, el almacén no constituye establecimiento permanente según el Convenio España-Países Bajos, ya que su fin es el almacenamiento y posterior entrega de mercancías, lo que se considera una actividad de carácter preparatorio o auxiliar. Asimismo, la entidad española de logística no actúa como agente dependiente al no tener poderes para concluir contratos vinculantes habitualmente.

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