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V1192-20 30. April 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Anwendung des Sonderregimes für Fusionen oder Wertpapierwechsel bei Erfüllung der LIS-Voraussetzungen möglich

Es wird geprüft, ob eine Verschmelzung durch Aufnahme oder ein Wertpapierwechsel einer britischen Gesellschaft durch eine spanische Gesellschaft unter das Sonderregime für Fusionen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die gesetzlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die wirtschaftlichen Gründe schlüssig sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si se cumplen los requisitos legales establecidos, respectivamente, en los artículos 76.1.a) y 76.5 de la Ley 27/2014 en las operaciones de fusión por absorción de RU (alternativa 1) o de canje de valores de RU (alternativa 2), de forma que en ambos casos resultaría de aplicación el régimen fiscal especial de fusiones y canje de valores que se regula en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014.

Die Entscheidung der DGT

El régimen especial de fusiones y canje de valores del Título VII de la LIS es aplicable a entidades no residentes si se cumplen las condiciones de la norma. Para la fusión, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir la LIS. Para el canje, la entidad beneficiaria debe adquirir la mayoría de derechos de voto y cumplir el artículo 80 de la LIS. En ambos casos, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos.

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