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V1166-16 22. März 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · indemnización

Abfindung bei Beendigung von Werk- oder Dienstverträgen nicht von der Einkommensteuer befreit

Ein Arbeitnehmer erkundigt sich, ob die bei Beendigung eines Werk- oder Dienstvertrags erhaltene Abfindung steuerfrei sein kann. Die DGT stellt klar, dass diese Beträge der Einkommensteuer unterliegen, da sie nicht als Kündigung oder Entlassung gelten.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tratamiento fiscal que, a efectos de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debe darse a dicha indemnización por extinción del contrato de obra y servicio. Aplicación de la exención contemplada en el artículo 7 e) de la Ley del Impuesto.

Die Entscheidung der DGT

La exención del artículo 7 e) de la Ley del IRPF solo se aplica a indemnizaciones por despido o cese cuando la cuantía es obligatoria por ley. En los casos de extinción por expiración del tiempo o finalización de la obra o servicio, aunque exista derecho a la indemnización, no se considera renta exenta. Por tanto, estas cantidades tributan como rendimientos del trabajo. La reducción del 40% del artículo 18.2 solo aplica si el periodo de generación es superior a dos años.

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