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V1117-15 13. April 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · derechos de autor

Nicht zum Vertragsende zugerechnete Urheberrechtsvorschüsse sind Einkünfte aus selbständiger Tätigkeit

Eine Autorin fragt nach der steuerlichen Qualifizierung und zeitlichen Zuordnung von Urheberrechtsvorschüssen, die die zum Ende des Verlagsvertrags entstandenen Ansprüche übersteigen. Die DGT stellt fest, dass diese Beträge als Einkünfte aus selbständiger Tätigkeit gelten und in dem Zeitraum zuzurechnen sind, in dem der Vertrag endet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Teniendo en cuenta que los contratos se firman por un período de entre siete y diez años, percibiéndose un anticipo a cuenta de los derechos que se vayan generando con la venta de los libros, pregunta sobre la calificación en el IRPF del anticipo pendiente de imputar (por exceder de los derechos devengados) a la finalización de los contratos, pues las editoriales no exigen su reembolso.

Die Entscheidung der DGT

Los importes de los anticipos que excedan de los derechos generados al finalizar el contrato de edición mantienen su calificación de rendimientos de actividades económicas. Estos excesos deben imputarse al periodo impositivo en el que finaliza el contrato de edición, dado que en ese momento ya no es posible la generación de derechos. Esta calificación se debe a que los importes derivan del ejercicio de la actividad y son consecuencia de la regla de imputación temporal del artículo 7.3 del Reglamento del IRPF.

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