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V1036-15 31. März 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · unidad económica autónoma

Assetübertragung an eine Zusammenschlussform nicht umsatzsteuerpflichtig, sofern sie eine eigenständige wirtschaftliche Einheit bildet

Ein Versicherer erkundigt sich, ob die Übertragung seiner IT-Service-Struktur auf eine Europäische Wirtschaftsgemeinschaft (EWG) der Umsatzsteuer unterliegt und ob die Dienstleistungen der EWG an ihre Mitglieder von der Steuer befreit sind. Die DGT prüft die Nichtunterwerfung unter die Umsatzsteuer bei einer Geschäftsübertragung sowie die Voraussetzungen für die Steuerbefreiung von Zusammenschlüssen.

Die gestellte Frage

Sujeción de la operación de transmisión de activos por la consultante a la Agrupación. Exención de los servicios prestados por la Agrupación, desde la sede o el establecimiento, a los miembros españoles.

Die Entscheidung der DGT

La transmisión de activos no está sujeta a IVA si estos constituyen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios, aunque no se transmita el inmueble si existe un arrendamiento que permita la continuidad duradera de la actividad. Para que los servicios de la agrupación estén exentos, esta debe ser sin ánimo de lucro, prestar servicios solo a sus miembros (que realicen actividades exentas o no sujetas sin derecho a deducción) y limitarse al reembolso de gastos comunes. La exención no se aplica si la agrupación presta servicios a terceros o si los miembros no cumplen los requisitos de actividad.

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