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V1007-15 27. März 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Anwendung des Sonderregimes für Spaltungen bei Vorliegen einer autonomen wirtschaftlichen Einheit

Die Anfrage befasst sich mit der Frage, ob die Vermarktung von Eigenmarken als Geschäftsbereich eingestuft werden kann, um das Sonderregime für Spaltungen in Anspruch zu nehmen. Die DGT stellt klar, dass dieses Regime anwendbar ist, sofern die Transaktion den handelsrechtlichen Anforderungen entspricht und das übertragene Vermögen eine wirtschaftliche Einheit darstellt, die aus eigener Kraft funktionsfähig ist.

Die gestellte Frage

Si se considera una rama de actividad la mencionada actividad "marquista" y por tanto si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para acogerse al régimen especial de escisión parcial, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad, entendida como un conjunto de elementos patrimoniales que formen una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios. La entidad transmitente debe mantener en su patrimonio al menos otra rama de actividad o participaciones que le confieran la mayoría del capital social de las entidades adquirentes. Además, la operación debe realizarse por motivos económicos válidos, como la reestructuración o racionalización de actividades, y no con el principal objetivo de obtener una ventaja fiscal.

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