Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0993-16 14. März 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Vergütungen von Gesellschaftern für professionelle Dienstleistungen können Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit sein

Es wird angefragt, ob Dienstleistungen, die Gesellschafter ihrer eigenen Berufsausübungsgesellschaft erbringen, als Einkünfte aus nichtselbstständiger Arbeit oder als Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit zu besteuern sind. Die DGT stellt klar, dass es sich bei den Vergütungen um Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit handelt, sofern es sich um eine Berufsausübungsgesellschaft handelt und der Gesellschafter im System der Selbstständigen (autónomos) registriert ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución correspondiente a los servicios prestados por los socios referidos a la sociedad, teniendo en cuenta la nueva redacción dada al artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley 26/2014.

Die Entscheidung der DGT

Las retribuciones por el cargo de administrador son siempre rendimientos del trabajo. Para que los servicios prestados por un socio a su sociedad sean rendimientos de actividades económicas, la sociedad debe dedicarse a la prestación de servicios profesionales (Sección Segunda de las Tarifas del IAE) y el socio debe estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o en una mutualidad alternativa. De lo contrario, se consideran rendimientos del trabajo.

E-Mail
Kontakt