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V0853-26 20. April 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción

Schulbusdienste einer UTE unterliegen der MwSt., öffentliche Zuwendungen hingegen nicht

Eine Arbeitsgemeinschaft (UTE) im Bereich Schulbusdienste erkundigt sich nach der Umsatzsteuerpflicht ihrer Dienstleistungen, der Leistungen ihrer Gesellschafter sowie der erhaltenen Zuwendungen. Die DGT stellt fest, dass die Leistungen der Gesellschafter der MwSt. unterliegen, die Zuwendungen der Verwaltung jedoch weder eine Gegenleistung noch preisgebundene Zuschüsse darstellen und somit keine Rechnungspflicht für diese Zuwendungen besteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los referidos servicios de transporte escolar prestados por la consultante así como los recibidos por la misma de sus socios. Obligación de expedir factura por parte de la consultante por la recepción de las subvenciones del servicio de transporte escolar.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de transporte que los miembros prestan a la UTE están sujetos y no exentos de IVA. Las aportaciones de los consejos comarcales para el transporte escolar no son subvenciones vinculadas al precio ni contraprestación, por lo que no están sujetas a IVA. En el transporte no obligatorio, los importes pagados por los alumnos sí son contraprestación sujeta a IVA al tipo reducido del 10%. Al no ser las aportaciones públicas operaciones sujetas, no existe obligación de expedir factura por ellas.

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