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V0745-17 23. März 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · desvinculación efectiva

Wiedereinstellung eines Arbeitnehmers vor Ablauf von drei Jahren begründet Vermutung fehlender effektiver Beendigung des Arbeitsverhältnisses

Es wurde angefragt, ob die Wiedereinstellung eines Arbeitnehmers innerhalb von drei Jahren nach dessen Kündigung eine Befreiung von der Abfindungszahlung verhindert. Die DGT erläutert, dass dies die Vermutung einer fehlenden tatsächlichen Beendigung des Arbeitsverhältnisses begründet, wenngleich der Gegenbeweis zulässig bleibt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el hecho de que se vuelva a contratar al trabajador, dentro de los tres años siguientes a su despido, se consideraría como que no ha habido efectiva desvinculación del trabajador con la empresa a efectos del disfrute de la exención prevista en el artículo 7 e) de la LIRPF. En el supuesto en el que se considere no se ha producido desvinculación efectiva, aplicación de la reducción del 40% contemplada en el artículo 18.2 de la LIRPF.

Die Entscheidung der DGT

La recontratación en la misma empresa o vinculada dentro de los tres años siguientes al despido presume que no hubo una desvinculación real y efectiva. Esta presunción admite prueba en contrario para acreditar que la nueva relación no anula la desvinculación previa. Si la indemnización no es exenta por este motivo, pero tiene un periodo de generación superior a dos años, se aplicará la reducción del 40% del artículo 18.2 LIRPF.

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