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V0710-24 16. April 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por cónyuge con discapacidad

Kein Abzug für Ehegatten mit Behinderung bei bloßer Feststellung eines Pflegegrades

Es wurde angefragt, ob ein Ehegattenabzug für einen Ehepartner mit Behinderung geltend gemacht werden kann, wenn der Partner zwar Grad II der Abhängigkeit (Pflegegrad), aber keinen Grad der Behinderung nachweist. Die DGT entschied, dass dies nicht möglich ist, da der Grad der Abhängigkeit nicht der gesetzlich geforderten Behinderung entspricht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si en el caso de un contribuyente que tiene un grado II de dependencia concedido por el órgano competente pero sin que tenga reconocido ningún grado de discapacidad, permitiría a su cónyuge aplicar la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo que se regula en el artículo 81 bis de la LIRPF.

Die Entscheidung der DGT

El reconocimiento de un grado II de dependencia no supone equipararlo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o al 65%. La discapacidad debe acreditarse mediante el certificado o resolución del órgano competente en materia de valoración de incapacidades, según el artículo 72 del RIRPF. Por tanto, si no se acredita el grado de discapacidad requerido, no procede la deducción por cónyuge con discapacidad del artículo 81 bis de la LIRPF.

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