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V0710-24 16 avril 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por cónyuge con discapacidad

Impossibilité d'appliquer la déduction pour conjoint handicapé en cas de simple reconnaissance d'un degré de dépendance

Une question a été posée pour savoir si un conjoint peut bénéficier de la déduction pour conjoint handicapé lorsque l'autre présente un degré II de dépendance sans pour autant avoir un degré de handicap reconnu. La DGT répond que cela est impossible, car la dépendance ne saurait être assimilée au handicap exigé par la loi.

La question posée

Cuestión planteada Si en el caso de un contribuyente que tiene un grado II de dependencia concedido por el órgano competente pero sin que tenga reconocido ningún grado de discapacidad, permitiría a su cónyuge aplicar la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo que se regula en el artículo 81 bis de la LIRPF.

La position de la DGT

El reconocimiento de un grado II de dependencia no supone equipararlo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o al 65%. La discapacidad debe acreditarse mediante el certificado o resolución del órgano competente en materia de valoración de incapacidades, según el artículo 72 del RIRPF. Por tanto, si no se acredita el grado de discapacidad requerido, no procede la deducción por cónyuge con discapacidad del artículo 81 bis de la LIRPF.

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