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V0709-26 30. März 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · tipo impositivo reducido

Vorherige Anerkennung durch die AEAT für den ermäßigten Steuersatz von 4 % beim Fahrzeugkauf erforderlich

Ein Anfragender mit einer Sehbehinderung von 68 % erkundigt sich, ob er beim Kauf eines Fahrzeugs den ermäßigten Mehrwertsteuersatz von 4 % anwenden kann. Die DGT stellt klar, dass für die Anwendung dieses Satzes die gesetzlichen Voraussetzungen erfüllt sein müssen und eine vorherige Anerkennung des Anspruchs durch die AEAT vorliegen muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se cuestiona a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, si procede aplicar el tipo impositivo reducido del 4 por ciento previsto en el artículo 91.dos.1.4º de la ley 37/1992 en la compra del vehículo.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el tipo del 4% en vehículos destinados al transporte habitual de personas con discapacidad o movilidad reducida, se requiere el previo reconocimiento del derecho por la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante solicitud. El adquirente debe justificar el destino del vehículo y acreditar la discapacidad o movilidad reducida según la normativa. De no contar con dicho reconocimiento previo, la operación tributará al tipo general del 21%.

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