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V0649-15 23. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusion spanischer Investmentfonds durch eine luxemburgische SICAV unter dem Sonderregime der Körperschaftsteuer möglich

Eine Fondsverwaltung fragt an, ob die Fusion spanischer Fonds durch Übernahme durch eine luxemburgische SICAV das Sonderregime der Körperschaftsteuer in Anspruch nehmen kann. Die DGT antwortet, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen des TRLIS erfüllt sind und die wirtschaftlichen Gründe schlüssig sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si las operaciones mencionadas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

Die Entscheidung der DGT

Si la fusión se realiza en el ámbito mercantil y cumple el artículo 83.1 del TRLIS, puede acogerse al régimen especial del capítulo VIII. Las rentas por la transmisión de elementos patrimoniales de los fondos españoles a la SICAV no residentes se integrarán en la base imponible de los fondos, ya que los bienes no quedan afectos a un establecimiento permanente en España. Los partícipes residentes en España o la UE no integrarán rentas por la atribución de acciones, pero sí cuando las transmitan o pierdan la residencia. Los motivos económicos expuestos se consideran válidos para evitar la aplicación de la cláusula antielusión del artículo 96.2 del TRLIS.

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