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V0647-18 12. März 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · suministro inmediato de información

Pflicht zur elektronischen Informationsübermittlung (SII) bei monatlicher Abrechnungsperiode

Der Anfragende erkundigt sich nach der Pflicht zur sofortigen Übermittlung von Informationen (SII) und den zu registrierenden Daten. Das Finanzamt stellt klar, dass bei Überschreiten des festgelegten Umsatzvolumens die Registerbücher über das elektronische Portal der AEAT zu führen sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el consultante está obligado a cumplir con el Suministro Inmediato de información, y qué información debe incluirse en los libros registros de facturas expedidas y de facturas emitidas.

Die Entscheidung der DGT

Si el periodo de liquidación coincide con el mes natural, el sujeto pasivo está obligado a llevar los libros registro a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Debe suministrar los registros de las facturas expedidas por las operaciones sujetas al régimen general y las facturas recibidas tanto de la actividad del régimen general como de la del recargo de equivalencia. No es necesaria la llevanza del libro de facturas expedidas para las operaciones del régimen de recargo de equivalencia donde no exista obligación de expedir factura.

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