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V0423-19 27. Februar 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können das Sonderregime in Anspruch nehmen, wenn sie mercantile Anforderungen erfüllen und wirtschaftlich begründet sind

Es wird geprüft, ob zwei Fusionsvorgänge das steuerliche Sonderregime anwenden können und ob die dargelegten wirtschaftlichen Gründe zulässig sind. Die DGT stellt klar, dass dieses Regime anwendbar ist, sofern die Anforderungen des Gesellschaftsgesetzes (Ley de Sociedades de Capital) sowie des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) erfüllt werden und die Hauptabsicht nicht in Steuerbetrug oder einer bloßen Steuerersparnis liegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a las dos operaciones de fusión planteadas les serían de aplicación el régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos económicos expuestos se considerarían válidos para que las operaciones puedan acogerse al mencionado régimen fiscal especial.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, las operaciones deben realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Además, según el artículo 89.2 de la LIS, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, sino que debe responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso, los motivos alegados (simplificación administrativa, ahorro de costes, racionalización de gestión y mejora de estructura financiera) se consideran económicamente válidos.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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