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V0338-25 18. März 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rehabilitación energética

Anwendung des 60 %-Abzugs für energetische Sanierungsmaßnahmen in Wohngebäuden möglich

Ein Anfragender erkundigt sich, ob er den Steuerabzug für energetische Sanierungsmaßnahmen an seinem Einfamilienhaus geltend machen kann. Die DGT bestätigt, dass ein Anspruch auf den 60 %-Abzug besteht, sofern die Verbesserung der Energieeffizienz durch ein entsprechendes Zertifikat nachgewiesen wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tiene derecho a aplicarse la deducción por obras de rehabilitación energética en viviendas prevista en el apartado 3 de la disposición adicional 50ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Los propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025. Se debe acreditar una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o la obtención de una calificación energética «A» o «B» mediante certificado. La base máxima anual es de 5.000 euros, con un límite acumulado de 15.000 euros.

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