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V0334-26 19. Februar 2026 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · iae

Batteriespeicheranlagen unterliegen dem Steuertarif 151.4 für Energieerzeugung

Die Anfragende erkundigt sich nach dem entsprechenden IAE-Steuertarif für die Tätigkeit des Speicherns und Verkaufens von am Markt erworbenem Strom. Die DGT stellt fest, dass diese Anlagen als Erzeugungsanlagen und nicht als bloße Lagerstätten einzustufen sind, da eine Umwandlung von elektrischer in chemische Energie und umgekehrt stattfindet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se desea saber el epígrafe que corresponde a la actividad de almacenamiento y posterior venta de electricidad que previamente ha sido adquirida en el mercado, y si, en este caso, le correspondería el grupo 631 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, relativo a los "Intermediarios del comercio".

Die Entscheidung der DGT

Los sistemas de almacenamiento con baterías realizan una transformación de la energía eléctrica en energía química y su posterior reconversión, por lo que no son almacenes o depósitos. Al realizarse un proceso de transformación cuyo producto final es la energía eléctrica, constituyen una instalación industrial de producción. Por tanto, deben tributar en el epígrafe 151.4 de la sección primera de las Tarifas. El pago de esta cuota faculta para la comercialización del producto obtenido sin necesidad de alta en rúbricas comerciales.

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