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V0295-19 13. Februar 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deterioro de créditos

Abzug von Wertminderungen bei Forderungsausfällen nach sechs Monaten auch bei nachträglicher Stundung möglich

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob die Wertminderung einer Forderung, die seit mehr als sechs Monaten unbezahlt ist, in der Körperschaftsteuer abgesetzt werden kann, selbst wenn eine Stundung unter Hypothekensicherung ausgehandelt wurde. Die DGT stellt klar, dass die Abzugsfähigkeit von der Erfüllung der Anforderungen gemäß Art. 13.1 LIS abhängt und eine nachträgliche Stundung das vorangegangene Veranlagungsjahr nicht beeinflusst.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Impuesto sobre Sociedades: Si de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, a 31 de diciembre de 2017, toda vez que han transcurrido más de seis meses del impago de la deuda, y figura contabilizado y registrado el correspondiente deterioro, se puede entender que este sería deducible en el Impuesto sobre Sociedades aun en el caso de que exista un aplazamiento de pago de las deudas vencidas a cambio de que la deudora garantice a la consultante un 25% de la deuda mediante garantía hipotecaria.

Die Entscheidung der DGT

La deducibilidad de las pérdidas por deterioro de créditos depende de que se cumpla alguna de las circunstancias del artículo 13.1 de la LIS (como el transcurso de seis meses desde el vencimiento) y que no concurran las excepciones legales. Si al cierre del ejercicio ya han pasado seis meses desde el vencimiento, el deterioro es deducible en ese periodo impositivo. El hecho de pactar un aplazamiento o una garantía real posteriormente no altera la situación del periodo impositivo anterior.

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