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V0275-22 14. Februar 2022 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

NGOs unterliegen der Gewerbesteuer (IAE) bei Produktions- oder Vertriebstätigkeiten, sofern keine Befreiung nach Gesetz 49/2002 vorliegt

Eine NGO erkundigt sich nach der Pflicht zur Anmeldung zur Gewerbesteuer (IAE). Die DGT stellt klar, dass die Steuerpflicht von den tatsächlich ausgeübten Tätigkeiten abhängt, unabhängig vom Gesellschaftszweck oder der Gewinnabsicht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Pregunta si tiene la obligación de darse de alta en el impuesto.

Die Entscheidung der DGT

El hecho imponible del IAE se produce por el mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, sin que sea necesaria la habitualidad ni el ánimo de lucro. Para que una actividad sea económica, debe suponer la ordenación por cuenta propia de medios de producción y/o recursos humanos para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. La sujeción de la entidad dependerá de las actividades que efectivamente realice. Si la entidad se acoge al régimen de la Ley 49/2002, podría estar exenta por sus explotaciones económicas, pero mantiene la obligación de presentar la declaración de alta.

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