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V0160-14 24. Januar 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · derecho a la deducción

Abzugsberechtigung der Vorsteuer bei Aufwendungen für Handelsveranstaltungen

Ein multinationales Unternehmen erkundigt sich nach der Abzugsfähigkeit der Umsatzsteuer auf Aufwendungen, die im Rahmen der Organisation von Handelsveranstaltungen anfallen. Die DGT stellt klar, dass ein Vorsteuerabzug möglich ist, sofern es sich um steuerpflichtige, nicht von der Steuer befreite Umsätze handelt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas por los gastos en los que incurre.

Die Entscheidung der DGT

El derecho a la deducción se puede ejercer en la declaración-liquidación del periodo en que se soportan las cuotas o en los sucesivos, dentro del plazo de cuatro años. Para que proceda la deducción, los bienes y servicios deben utilizarse en la realización de entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas y no exentas del impuesto. En el caso concreto, la empresa podrá deducir las cuotas devengadas por operaciones gravadas realizadas en el territorio nacional.

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