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V0159-16 19. Januar 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · pérdida patrimonial

Kein steuerlicher Verlustabzug für nicht eingetriebene Forderungen ohne Erfüllung der gesetzlichen Voraussetzungen

Ein Steuerpflichtiger fragt, ob er im Jahr 2015 einen Vermögensverlust für Gelder geltend machen kann, die nach einem einjährigen Gerichtsverfahren an eine Gesellschaft gezahlt wurden. Die Finanzbehörde lehnt dies ab, da die spezifischen gesetzlichen Anforderungen für fällige und nicht eingetriebene Forderungen nicht erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si podría computar una pérdida patrimonial en el año 2015, sin esperar a la declaración de fallido del deudor, al haber transcurrido más de un año desde inicio del procedimiento judicial.

Die Entscheidung der DGT

La existencia de un derecho de crédito no constituye automáticamente una pérdida patrimonial. Para imputar pérdidas por créditos vencidos y no cobrados, debe concurrir alguna de las circunstancias del artículo 14.2.k) de la Ley del IRPF. En este caso, el procedimiento judicial no es de ejecución del crédito y el plazo de un año no finaliza a partir de 1 de enero de 2015.

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