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V0044-24 14. Februar 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionsabsorption kann unter das Regime der steuerlichen Neutralität fallen, sofern gültige wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmenskonzern erkundigt sich, ob eine Fusionsabsorption das Regime der steuerlichen Neutralität anwenden kann und wie sich dies auf negative Steuerbescheide sowie Steuerabzüge auswirkt. Die DGT stellt klar, dass die Transaktion unter dieses Regime fallen kann, wenn sie im geschäftlichen Bereich erfolgt und nicht primär auf steuerliche Vorteile abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal si cumple el artículo 76.1.a) de la LIS y se realiza bajo el Real Decreto-ley 5/2023. Las bases imponibles negativas y deducciones de las sociedades absorbidas (previa consolidación) se transmiten a la absorbente con los límites de los artículos 67 e) y 71.2 de la LIS. Las bases generadas dentro del grupo fiscal se compensarán según las reglas de consolidación. En caso de liquidación previa de sociedades dependientes, las rentas negativas en los socios se minorarán según el artículo 62.2 de la LIS.

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