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V0016-18 9. Januar 2018 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ITPAJD · subrogación hipotecaria

Hypothekenabtretung unterliegt nicht der AJD-Steuer; Änderung der Wertermittlung hingegen schon

Es wird geprüft, ob die Abtretung eines Darlehens und dessen anschließende Novation (Verlängerung der Laufzeit und Änderung der Wertermittlung) der Steuer auf Urkunden (AJD) unterliegen. Die DGT stellt fest, dass die Abtretung kein steuerbarer Tatbestand ist, die Änderung der Wertermittlung jedoch auf Basis des ausstehenden Saldos steuerpflichtig ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tiene que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados por la subrogación y volver a pagarlo por la novación. Y si no debería pagarse el impuesto solo por el incremento de la tasación y no por todo el importe del principal pendiente del préstamo.

Die Entscheidung der DGT

La subrogación de un tercero en las responsabilidades hipotecarias del vendedor no constituye hecho imponible de transmisiones patrimoniales ni de AJD. La novación para ampliar el plazo está exenta de la cuota gradual de AJD si se pacta con una entidad financiera. La modificación del valor de tasación sí está sujeta a la cuota gradual de AJD, siendo su base imponible el importe de la obligación o capital garantizado, más intereses, costas y gastos.

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