IS: deducción por producción extranjera audiovisual del art. 36.2 LIS se determina por episodio en series; el coste mínimo de 2M€ del art. 45 RIS opera sobre el total de la temporada
Ficha tecnica
Resumen
Una productora ejecutiva española que produce series audiovisuales por encargo de un productor extranjero debe calcular la deducción del artículo 36.2 LIS episodio a episodio, aplicando los porcentajes del 30%/25% sobre la base de deducción de cada uno y con un límite de 10 millones de euros por episodio. El requisito de gasto mínimo de 1 millón de euros en España opera igualmente por episodio. Sin embargo, el coste mínimo de producción de 2 millones de euros del artículo 45 del RIS y el límite del 80% de la base de deducción sobre el coste total se calculan sobre el coste total de la temporada contratada de forma independiente.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.