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MITTEL
FISCAL

IS: deducción por producción extranjera audiovisual del art. 36.2 LIS se determina por episodio en series; el coste mínimo de 2M€ del art. 45 RIS opera sobre el total de la temporada

V1912-24

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (was ist das?)
Identificador
V1912-24
Publicacion
28. Aug. 2024

Resumen

Una productora ejecutiva española que produce series audiovisuales por encargo de un productor extranjero debe calcular la deducción del artículo 36.2 LIS episodio a episodio, aplicando los porcentajes del 30%/25% sobre la base de deducción de cada uno y con un límite de 10 millones de euros por episodio. El requisito de gasto mínimo de 1 millón de euros en España opera igualmente por episodio. Sin embargo, el coste mínimo de producción de 2 millones de euros del artículo 45 del RIS y el límite del 80% de la base de deducción sobre el coste total se calculan sobre el coste total de la temporada contratada de forma independiente.

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Linea de vida

2024-08-28pubPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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