La Orden modifica la normativa previa para adaptar la gestión del Bono Cultural Joven a las nuevas bases reguladoras del Real Decreto 401/2026. Los cambios permiten la prórroga del convenio de colaboración con la entidad gestora (Correos) y exigen la actualización de las contraprestaciones económicas para cubrir la nueva modalidad de gasto y productos subvencionables (art. 16 Ley 38/2003).
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Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
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art. 16 Ley 38/2003
Para la entidad colaboradora seleccionada (Correos), la norma habilita la posibilidad de prorrogar el convenio de colaboración, siempre que la duración total no exceda los seis años (art. 16 Ley 38/2003). Asimismo, obliga a la adecuación de las cuantías de las contraprestaciones económicas para reflejar la nueva arquitectura técnica y los nuevos productos del programa. Para los beneficiarios, esto asegura la continuidad operativa del sistema de medios de pago ante los cambios normativos del Bono Cultural.
| Maßnahme | Referenz | Frist |
|---|---|---|
| Adecuar las contraprestaciones económicas a la nueva arquitectura técnica y productos subvencionables | art. 13 Orden CLT/489/2024 | |
| Formalizar la prórroga del convenio si se requiere continuidad operativa | art. 16 Ley 38/2003 | antes de la finalización del periodo inicial |
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