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V5703-26 30 septembre 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por obras

Application de la déduction de 60 % pour travaux de réhabilitation énergétique dans les bâtiments résidentiels

Le consultant demande s'il est possible d'appliquer la déduction pour travaux de réhabilitation énergétique sur sa maison individuelle jumelée. La DGT confirme qu'il est possible d'appliquer la déduction prévue au paragraphe 3 de la DA 50ª de la LIRPF, sous réserve du respect des conditions d'amélioration de l'efficacité énergétique.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicarse la deducción por obras de rehabilitación energética en viviendas prevista en el apartado 3 de la disposición adicional 50ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Los propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética realizadas hasta el 31 de diciembre de 2027. Para ello, debe acreditarse mediante certificado de eficiencia energética una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, o la mejora de la calificación a clase 'A' o 'B'. En el caso de viviendas unifamiliares, el certificado debe acreditar la mejora del edificio (la propia vivienda). La base máxima anual es de 5.000 euros, con un límite acumulado de 15.000 euros.

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