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V5690-26 30 septembre 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Exonération d'IRPF pour les réunions techniques à l'étranger sous conditions de déplacement et de bénéficiaire non résident

La question porte sur l'application de l'exonération pour travaux effectués à l'étranger lors de la participation à des réunions de projets européens hors du pays. La DGT précise que cela est possible si le travail est effectué pour une entité non résidente et si les critères de territorialité et de fiscalité sont respectés.

La question posée

Cuestión planteada En relación con “la asistencia presencial, en el extranjero, a reuniones relacionadas con el inicio, coordinación y seguimiento de proyectos europeos desarrollados en consorcio”, conocer si tales actividades pueden calificarse como “trabajos efectivamente realizados en el extranjero” a efectos de la exención regulada en el artículo 7 p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la medida en que se desarrollan fuera de España, dentro de la jornada laboral y en el marco de proyectos internacionales cuya ejecución genera una utilidad o ventaja para entidades no residentes.

La position de la DGT

Para aplicar la exención, el trabajo debe realizarse efectivamente fuera de España y para una empresa o entidad no residente o establecimiento permanente en el extranjero. El beneficiario último de la actividad debe ser dicha entidad no residente, lo cual debe acreditarse con medios de prueba válidos. Además, en el país donde se realicen los trabajos debe aplicarse un impuesto de naturaleza idéntica o análoga y no ser un paraíso fiscal.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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