Aller au contenu
Retour à l'index
V5067-16 22 novembre 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · exención de dividendos

Exonération de l'IS sur les dividendos sous conditions de participation et de revenus

Une consultation porte sur l'exonération de l'impôt sur les sociétés pour les dividendes versés par une entité à ses associés personnes morales. La DGT précise que cette exonération est conditionnée par le respect des seuils de participation minimale, de la durée de détention et de la nature des revenus de l'entité.

La question posée

Cuestión planteada Si la exención del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades resultaría de aplicación a los dividendos distribuidos por X a sus accionistas personas jurídicas, no estando sujetos a retención. En concreto, si la exención resultaría de aplicación a los dividendos procedentes de las entidades europeas a través de H, A y X1, y a los dividendos procedentes de X2.

La position de la DGT

Para que los dividendos de X estén exentos, los socios deben tener al menos un 5% de participación o un valor de adquisición superior a 20 millones de euros, mantenido ininterrumpidamente durante el año anterior. Si los ingresos de X proceden en más de un 70% de dividendos o rentas de valores, se aplica un análisis de participación indirecta (look through). Si los ingresos son inferiores al 70%, solo se exige el cumplimiento de los requisitos de participación directa en X. No habrá obligación de retener sobre estos dividendos si se cumplen los requisitos del artículo 21 de la LIS.

Email
Contact