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V4696-16 8 novembre 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por descendientes

Application du minimum pour descendants et de la déduction pour handicap en cas de dépendance économique

Un contribuable retraité s'interroge sur la possibilité d'appliquer le minimum pour descendants à un enfant de 50 ans en situation de handicap qui ne cohabite pas avec lui mais dont il assure la charge financière. La DGT précise que la dépendance économique équivaut à la cohabitation et permet de bénéficier à la fois du minimum pour descendants et de la déduction pour handicap.

La question posée

Cuestión planteada -Si en base al artículo 55 de la LIRPF, puede considerarse que el hijo del consultante depende del mismo, si bien no convive, y por tanto el consultante puede aplicarse el mínimo por descendientes.

La position de la DGT

La dependencia económica se asimila a la convivencia para el mínimo por descendientes, salvo que se apliquen anualidades por alimentos según los artículos 64 y 75 de la LIRPF. Al cumplirse este requisito, el contribuyente tiene derecho al mínimo por descendientes y, consecuentemente, al mínimo por discapacidad. Asimismo, al percibir una pensión de la Seguridad Social, puede aplicar la deducción en la cuota diferencial por descendiente con discapacidad del artículo 81 bis.

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