Aller au contenu
Retour à l'index
V3575-15 18 novembre 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Application du régime spécial de fusion possible si l'opération repose sur des motifs économiques valables

Une entité s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime fiscal spécial pour une fusion par absorption d'une société détenue intégralement, visant à rationaliser sa structure. La DGT répond que cela est possible sous réserve du respect du droit des sociétés et que les motifs soient d'ordre économique et non purement fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta de aplicación a la operación planteada el régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos señalados para llevar a cabo la fusión por absorción, constituyen motivos económicos válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

Para acogerse al régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso, los motivos de centralizar la gestión y simplificar la estructura se consideran económicamente válidos.

Email
Contact