Aller au contenu
Retour à l'index
V3419-19 13 décembre 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Détermination de la résidence fiscale par la permanence ou le centre des intérêts et application des conventions en cas de conflit

Un contribuable s'installant en République dominicaine s'interroge sur les modalités de détermination de sa résidence fiscale et l'imposition de ses revenus. La DGT précise que la résidence s'établit selon le critère de la permanence ou du centre des intérêts économiques et qu'en cas de conflit de résidence, la convention visant à éviter la double imposition doit être appliquée.

La question posée

Cuestión planteada - Residencia fiscal en el año 2018 y siguientes. Aplicación del Convenio Hispano-Dominicano en caso de conflicto de residencia.

La position de la DGT

La residencia fiscal se determina por la permanencia más de 183 días o por el núcleo de actividades e intereses económicos en España. En caso de conflicto de residencia, el Convenio Hispano-Dominicano establece que se resolverá por la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, la residencia habitual o la nacionalidad. Si es residente en España, las rentas de trabajo en el extranjero pueden tributar en ambos Estados y los dividendos dominicanos en España como rendimientos del capital mobiliario. Si es no residente, solo tributará por rentas de fuente española.

Email
Contact